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Documentación requerida para Viajar 

Nos permitimos recordarle algunos consejos útiles en materia de documentación a fin de no tener inconvenientes en el momento de iniciar un viaje y poder evitar la pérdida de los servicios (sin derecho a reclamo) en caso de no poder embarcar.

 

VERIFIQUE EL ESTADO DE LOS DOCUMENTOS (no rotos, deteriorados o vencidos), caso contrario las autoridades de Migraciones no permitirán el embarque.

 

LOS ARGENTINOS NATIVOS DEBERÁN PRESENTAR:

 

1. Para Brasil y otros países limítrofes, Cédula de Identidad, DNI. o Pasaporte vigente.

2. Para viajes a países no limítrofes, Pasaporte vigente con las visas que corresponda, consulte.

3. Pasajeros extranjeros residentes: Pasaporte de Origen Vigente y Cédula de Identidad Argentina, DNI. de extranjeros.

 

Rogamos a los argentinos naturalizados y a los extranjeros, residentes o no, consultar en cada caso si requieren visa. 

MENORES: ATENCIÓN!!

 

Deberán presentar Documento Nacional de Identidad vigente. Tenga en cuenta que el DNI. vence al cumplir los ocho (8) y los dieciséis (16) años, es obligatorio que tenga foto. Su vencimiento para salir del país es NO prorrogable (tiene prorroga solo para circulación interna). MIGRACIONES NO PERMITE EL EMBARQUE CON EL DNI. VENCIDO PARA PAÍSES LIMÍTROFES.

 

MENORES ACOMPAÑADOS POR PADRE Y MADRE

 

Los Sres. padres deberán presentar, además del documento del menor, Libreta de Matrimonio o Partida de Nacimiento que acredite su filiación y Pasaportes vigentes para otros destinos.

 

AUTORIZACIÓN PATERNA / MATERNA

 

Deberá ser hecha ante escribano público, legalizada por el Colegio de Escribanos y presentada para embarcar cuando el menor no viaje acompañado por:

 

  • Si el padre no viaja, es necesaria su autorización.
  • Si es la madre la que no viaja, ella debe autorizar.
  • Si ninguno acompaña al menor, la autorización debe ser dada por ambos.

Cuando el menor viaje acompañado por padre o madre viuda/o, se deberá presentar Libreta de Casamiento. Si en ella no constare el fallecimiento del cónyuge, se deberá presentar además, Certificado Defunción.

 

Para mayor información ingresar a http://www.mininterior.gov.ar/renaper/

 

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